
Dr. Roberto Betancourt A.
Actualizar la Ley de Universidades significa crear condiciones para quienes buscan respuestas para el país, ya que en sus centros de investigación se estudian enfermedades, se desarrollan materiales y se ensayan soluciones para la producción de alimentos. En ellos, las actividades de investigación y desarrollo (I+D) transforman preguntas en conocimientos y aplicaciones. La ley debe facilitar este trabajo en los espacios de educación universitaria.
La trayectoria venezolana tiene sus raíces en los Estatutos Republicanos de la UCV, dictados en 1827 por Bolívar con el impulso de José María Vargas. Después llegaron el Estatuto Orgánico de 1946, la Ley de Universidades de 1953 y la de 1958, que recuperó la autonomía. La reforma de 1970 configuró el instrumento vigente. Cada cambio respondió a disputas y necesidades de su época.
El Consejo Nacional de Universidades (CNU), creado el 28 de septiembre de 1946, acaba de cumplir 80 años y, durante 56 de ellos, ha actuado bajo la misma Ley de Universidades. Esta continuidad merece una evaluación, ¿qué disposiciones siguen favoreciendo la I+D y cuáles requieren ajustes? La longevidad de una ley invita a examinar su eficacia; los obstáculos comprobados fundamentan su actualización.
Entretanto, la Constitución (1999) vinculó la autonomía y la investigación en su artículo 109, y reconoció el interés público de la ciencia en el artículo 110. La Ley Orgánica de Educación (2009) y la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (Locti) (reformada en 2022) ampliaron este marco. Corresponde ahora armonizar sus mandatos con la organización, el financiamiento y la actividad científica universitaria.
Otras experiencias ofrecen referencias. En España, por ejemplo, la Ley de Reforma Universitaria de 1983 fue sustituida, 18 años después, por la Ley de Universidades de 2001. Esta fue reformada en 2007 y sustituida por la Ley del Sistema Universitario de 2023, tras algo más de 21 años. México, por su parte, sustituyó en 2021 su Ley para la Coordinación de la Educación Superior de 1978, después de más de 42 años. Son ritmos distintos, sujetos a contextos propios, pero conviene aprender de ellos para construir soluciones venezolanas.
La inteligencia artificial, la edición genética y la computación avanzada están reescribiendo la forma de investigar. Algunas capacidades crecen exponencialmente por etapas y cada tecnología sigue su trayectoria. Lo decisivo es que aparecen necesidades de infraestructura compartida, protección de datos, bioética, integridad científica y cooperación entre disciplinas. Un laboratorio requiere reglas que puedan acompañar esos cambios.
Ahora bien, la actualización exige medir el rendimiento universitario actual y acordar sus ambiciones de cara al crecimiento prospectivo de la República, ¿qué universidad necesitamos en el futuro? Con datos sobre competencias, capacidades y resultados de I+D, por ejemplo, podremos identificar lo que funciona y fortalecerlo, así como aquello que deba modificarse para alcanzar el futuro deseado.
El órgano competente en ciencia, tecnología, innovación y sus aplicaciones posee centros especializados con capacidad para recolectar y aportar estas evidencias y para colaborar con el CNU y las instituciones de educación universitaria en la construcción de escenarios. Así, el instrumento legal conectaría la universidad de hoy con la que aspiramos lograr mediante decisiones bien fundamentadas, metas verificables y evaluación de avances, sin olvidar que la aplicación requerirá recursos y seguimiento.
* El autor es Presidente del Observatorio Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
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